SEMARNAT niega autorización ambiental al Gobierno de Jalisco para puente vehicular en el Río Santiago
De acuerdo con el documento emitido por la autoridad federal, la negativa responde a omisiones técnicas e incongruencias normativas detectadas en la propuesta presentada por la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP) del Estado de Jalisco.
La Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), órgano adscrito a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), negó de forma definitiva la autorización en materia de impacto ambiental para el proyecto "Construcción de Puente Vehicular Juanacatlán en los municipios de El Salto y Juanacatlán, Jalisco". La resolución fue notificada formalmente mediante el Oficio No. SRA/DGIRA/DG-02787-26.
De acuerdo con el documento emitido por la autoridad federal, la negativa responde a omisiones técnicas e incongruencias normativas detectadas en la propuesta presentada por la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP) del Estado de Jalisco.
Modificaciones al cauce y deficiencias técnicas
El proyecto de la SIOP contemplaba la realización de al menos 30 excavaciones, de las cuales 12 tendrían una incidencia directa dentro del cauce del Río Santiago. Estas perforaciones para pilas de cimentación proyectaban una profundidad de hasta 26 metros, diseñadas para soportar cargas superiores a las 300 toneladas por metro cuadrado (m^2).
La SEMARNAT sustentó el rechazo al proyecto con base en las siguientes resoluciones técnicas:
Incompatibilidad de estudios fluviales: La SIOP omitió evaluar el impacto real sobre la dinámica del cauce y la geomorfología fluvial del Río Santiago. En su lugar, el promovente estatal presentó estudios hidrológicos pertenecientes a cuencas ajenas, específicamente del Río Zula y de la Cuenca de El Ahogado.
Ausencia de análisis geohidrológico: La dependencia estatal reconoció ante la autoridad federal no haber realizado el estudio geohidrológico detallado para la mitigación de la erosión y el control del nivel de las aguas freáticas, argumentando una "falta de tiempo".
Incompatibilidad con el ordenamiento ecológico: La DGIRA concluyó que el proyecto contraviene las normativas vigentes al pretender ubicarse en zonas destinadas a la conservación y restauración ambiental.
Fundamentos legales y postura de CONAGUA
La resolución federal determinó que el proyecto vial viola el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) del Municipio de Juanacatlán. Según informó la organización civil Un Salto de Vida, este instrumento legal fue establecido tras las movilizaciones locales que impidieron la instalación de la Termoeléctrica "La Charrería" de la empresa Fisterra Energy, declarando formalmente el territorio libre de industrias pesadas.
Asimismo, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) intervino en el proceso de evaluación advirtiendo que la construcción civil interferiría con las acciones prioritarias de Restauración y Saneamiento de la Cuenca del Río Lerma-Santiago.
Restricciones contractuales y postura comunitaria
A través del resolutivo SÉPTIMO de la resolución administrativa, la SEMARNAT notificó formalmente a la SIOP del Gobierno de Jalisco que no podrá realizar ninguna obra o actividad de competencia federal en la zona del Río Santiago, debido a que la autorización ambiental ha sido denegada.
Por su parte, los representantes comunitarios señalaron a través de un comunicado que no permitirán "infraestructura impuesta que obstruya el saneamiento y la restauración integral de la cuenca Lerma-Santiago". La organización civil declaró mantenerse en estado de alerta para vigilar el cumplimiento de las restricciones ambientales en el territorio.