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Aprueban 'Ley Antirruido'

La reforma aprobada también considera castigar a los vehículos que utilicen equipos de sonido para producir ruido excesivo. El artículo reformado fue el 176 de la Ley de Movilidad.
Aprueban 'Ley Antirruido'

El pleno del Congreso del Estado de Jalisco aprobó las reformas a las leyes de Equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente y a la Ley de Movilidad para agregar nuevos criterios de penalización en contra de personas que hagan ruido excesivo.

El artículo 146 establece que si la sanción es por generación de ruido excesivo, la multa no podrá exceder, de quinientas unidades de medida y actualización, que para este 2018 tiene un costo de 80.60 pesos cada una.

El artículo 102 de la ley señala que cuando la infracción se cometa en casa o propiedad privada sin giro comercial, “la autoridad municipal deberá acudir al domicilio y entregará apercibimiento que de no cesar el ruido en un plazo de 30 minutos podrá imponerse arresto administrativo hasta por 36 horas o citarlo para que acuda en día y hora específica con un juez calificador para que determine la naturaleza y monto de la sanción correspondiente”.

Todos los negocios serán sujetos de revisiones, previa denuncia, para verificar que el sonido sea el adecuado. El artículo 146 de la ley que se reformó menciona que un infractor reincidente en dos ocasiones durante un año, verá clausurado su negocio de manera definitiva. Además de que los Ayuntamientos deberán de revocar la licencia municipal.

La reforma aprobada también considera castigar a los vehículos que utilicen equipos de sonido para producir ruido excesivo. El artículo reformado fue el 176 de la Ley de Movilidad.

La reforma considera que las personas podrán monitorearse con aplicaciones móviles, para verificar el nivel de ruido que generan sus aparatos electrónicos. Los ayuntamientos determinarán zonas de tolerancia, donde se podrá ejercer comercio con niveles más altos.

Todas las nuevas disposiciones se sujetan a una norma técnica federal (NOM-081-ECOL-1994) que establece la cantidad de decibeles que puede emitir un aparato para no ser considerado peligroso para la salud humana.

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